miércoles, 18 de julio de 2007

Presupuesto de egresos del municipio de Hecelchakan

H. AYUNTAMIENTO DE HECELCHAKAN
PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIPIO LIBRE DE HECELCHAKAN
PARA EL EJERCICIO FISCAL 2007
TITULO PRIMERO
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1 .- El ejercicio y control del gasto público municipal para el año 2007, se sujetará a las siguientes disposiciones y demás normatividad legal aplicable.
Artículo 2 .- Para efectos del presente se entenderá por:
I.-Dependencias: a las Direcciones y Unidades que integran la Administración Pública del Municipio de HECELCHAKAN;
II.-Entidades: a los Organismos Descentralizados o Desconcentrados de la Administración Pública del Municipio de HECELCHAKAN;
III.- Tesorería: a la Tesorería Municipal;
IV.- Dirección: a la Oficialía Mayor Municipal
V.- Contraloría: a la Dirección De Contraloría Interna del Municipio de HECELCHAKAN;
VI.- Presupuesto: al Presupuesto de Egresos del Municipio de HECELCHAKAN para el año 2007
Artículo 3 .-La Tesorería conjuntamente con la Dirección podrán interpretar las presentes disposiciones para efectos administrativos; así como instaurar y recomendar las medidas conducentes para la correcta aplicación del Presupuesto, y para homogenizar, racionalizar y ejercer un mejor control del gasto público en la municipalidad.
CAPITULO II
DE LAS EROGACIONES
Artículo 4.- El gasto total previsto en el presente Presupuesto importa la cantidad de --------
$ 80,544,385.62 (Son: Ochenta Millones Quinientos Cuarenta y cuatro Mil Trescientos Ochenta y Cinco Pesos 62/100 M.N.), y se sufragará con los recursos previstos en la ley de Ingresos del Municipio de HECELCHAKAN para el Ejercicio Fiscal 2007, mismos que por concepto de Impuestos, Derechos, Productos, Aprovechamientos, Ingresos Extraordinarios y Participaciones comprenden un monto de $ 62,237,101.62 (Son: Sesenta y Dos Millones Doscientos Treinta y Siete Mil Ciento y Un Pesos 62/100 M.N.) Y por concepto de Fondos de Aportaciones Federales la cantidad de $ 18,307,284.00 (Son: Dieciocho Millones Trescientos Siete Mil Doscientos Ochenta y Cuatro Pesos 00/100 M.N.) . Los recursos que proporcionará el Estado al Municipio de HECELCHAKAN de conformidad con la Ley de Ingresos del Municipio por el Ejercicio Fiscal 2007, se desglosa de la manera siguiente:
Artículo 5.- Las erogaciones en cuenta corriente y Fondos Federales previstas en el Presupuesto se ejercerán conforme al siguiente cuadro:
CAPITULO
CONCEPTO
IMPORTE
%
1000
SUELDOS Y PRESTACIONES
$ 39,882,148.00
49.51
2000
MATERIALES Y SUMINSTROS
$ 1,474,593.00
1.83
3000
SERVICIOS GENERALES
$ 3,509,347.00
4.35
4000
TRANSFERENCIAS
$ 13,714,058.00
17.03
5000
BIENES MUEBLES E INMUEBLES
$ 500,000.00
0.63
6000
OBRAS PUBLICAS
$ 600,000.00
0.74
7000
SERVICIOS PUBLICOS
$ 1,056,955.62
1.31
8000
DEUDA PUBLICA
$ 1,500,000.00
1.87
9000
FONDOS FEDERALES
$ 18,307,284.00
22.73
T O T A L :
$ 80,544,385.62
100.00
Artículo 6.- El gasto total previsto en el Presupuesto se distribuirá conforme a la siguiente integración:
No.
R A M O
IMPORTE $
I
PRESIDENCIA MUNICIPAL
3,389,359.00
II
REGIDORES
4,156,630.00
III
SECRETARIA
3,456,774.00
IV
TESORERIA
3,701,937.00
V
OFICIALIA MAYOR
5,281,307.62
VI
DIRECCION DE OBRAS PUBLICAS
4,042,241.00
VII
DIRECCION DE SERVICIOS PUBLICOS
4,923,710.00
VIII
DEUDA PUBLICA
1,500,000.00
IX
DIRECCION AGUA POTABLE
1,093,058.00
X
JUNTAS Y COMISARIAS
6,644,403.00
XI
DIF MUNICIPAL
3,605,655.00
XII
DIRECCION EDUCACION, CULTURA Y DEPORTE
4,835,034.80
XIV
DIRECCION PLANEACION Y DESARROLLO SOCIAL
2,156,528.00
XV
DIRECCION SALUBRIDAD Y ASISTENCIA
1, 272,563.00
XVI
DIRECCION DIVERSOS PROGRAMAS
3,015,917.00
XVII
DIRECCION GRAL. DE SEG. PUBLICA
3,374,733.00
XVIII
DIRECCION CENEMUHKAN
700,000.00
XIX
APORTACION INFRAESTRUCTRURA SOCIAL
10,910,301.00
XX
APORTACION FORTALECIMIENTO MUNICIPAL
7,396,983.00
XXI
CONTRALORIA MUNICIPAL
1, 474,463.00
XXII
DESARROLLO ECONOMICO
600,000.00
XXIII
DIRECCION DE TURISMO
500,000.00
XXIV
DIRECCION DE EVENTOS ESPECIALES
1, 812,788.20
XXV
DIRECCION DE TRANSPARENCIA
700,000.00
TOTAL:
$ 80,544,385.62
Artículo 7.- las erogaciones previstas para las Juntas, Comisarías y Agencias en el Año 2007, en términos de lo dispuesto en el artículo 66 de la ley de Coordinación Hacendaría del Estado de Campeche, representan el 9.06% del Fondo General Municipal de Participaciones e importan la cantidad de $ 3,901,692.00 (Son: Tres Millones Ochocientos Treinta y Cinco Mil Seiscientos Noventa y Dos Pesos 00/100 M.N.) y se desglosa de la siguiente manera:
JUNTA MUNICIPAL
MONTO $
%
POMUCH
2,687,931.00
.69
COMISARIA MUNICIPAL
MONTO $
%
DZITNUP
153,118.00
.04
SANTA CRUZ
153,118.00
.04
CUMPICH
146,584.00
.04
POC BOC
153,007.00
.04
NOHALAL
98,076.00
.03
DZOTCHEN
89,127.00
.02
SODZIL
96,613.00
.02
MONTEBELLO
88,446.00
.02
BLANCA FLOR
82,268.00
.02
CHUNKANAN
153,405.00
.04
TOTAL
3,901,692.00
100
Dichos montos serán ministrados, en los términos establecidos por la ley de Coordinación Hacendaría del Estado de Campeche y demás disposiciones aplicables, y se ejercerán conforme lo establece la normatividad legal que corresponda.
Se ministraran Apoyos extraordinarios por un importe de $ 1,242,711.00 (Son: Un Millon Doscientos Cuarenta y Dos Mil Setecientos Once Pesos 00/100 M.N.) y $ 1,500,000.00 ( Un Millón Quinientos Mil Pesos 00/100 M.N. ) este ultimo para ejercer Obras Publicas en la Junta Municipal de Pomuch que a continuación se detallan:
JUNTA MUNICIPAL
MONTO $
%
POMUCH
2,516,217.00
.92
COMISARIA MUNICIPAL
MONTO
%
DZITNUP
23,401.00
.01
SANTA CRUZ
23,401.00
.01
CUMPICH
26,274.00
.01
POC BOC
27,768.00
.01
NOHALAL
21,546.00
.01
DZOTCHEN
20,419.00
.01
SODZIL
21,142.00
.01
MONTEBELLO
19,549.00
.01
BLANCA FLOR
19,182.00
.01
CHUNKANAN
23,812.00
.01
TOTAL
2,742,711.00
100
Artículo 8.- Las erogaciones previstas para las entidades de la administración pública del Municipio de HECELCHAKAN, cuyos programas están incluidos en este presupuesto en las transferencias importan la cantidad de $ 3,605,655.00 (Son: Tres Millones Seiscientos cinco Mil seiscientos Cincuenta y Cinco Pesos 00/100 M.N.)
ENTIDAD
IMPORTE $
SISTEMA MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA
FAMILIA
3,605,655.00
T O T A L :
3,605,655.00
Artículo 9.- las erogaciones previstas para el pago de la deuda pública municipal con recursos del gasto corriente importan la cantidad de $ 1’500,000.00 (Son: Un Millón Quinientos Mil Pesos 00/100 M.N.)
Artículo 10.- El Presidente Municipal estará facultado para realizar amortizaciones de deuda pública con los excedentes de los ingresos ordinarios presupuestados y con los recursos que se obtengan por la enajenación de otros bienes muebles e inmuebles que en su caso realicen. Dichos movimientos deberán ser registrados en los estados financieros contables del mes en que se realice la amortización.
CAPITULO III
DE LAS APORTACIONES FEDERALES
Artículo 11.- Las erogaciones previstas con recursos pertenecientes a los Fondos de Aportaciones Federales ascienden a la cantidad de $ 18,307,284.00 (Son: Dieciocho Millones Trescientos Siete Mil Doscientos Ochenta y Cuatro Pesos 00/100 M.N.) y se integrarán de la siguiente manera:
ENTIDAD
IMPORTE $
FONDO DE APORTACIONES PARA INFRAESTRUCTURA SOCIAL
10,910,301.00
FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS
MUNICIPIOS
7,396,983.00
T O T A L :
18,307,284.00
Artículo 12.- En términos de lo dispuesto en los artículos 33 y 46 de la Ley de Coordinación Fiscal, los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal se ejercerán de la siguiente manera:
C O N C E P T O
IMPORTE $
AGUA POTABLE
3,110,000.00
URBANIZACION Y VIVIENDA
1,000,000.00
SALUD Y ASITENCIA SOCIAL
750,000.00
CONSTRUCCION. DE TERRACERIAS CAMINOS RURALES
100,740.53
OBRAS PUBLICAS
5,450,868.07
COORDINACION PARA EL DESARROLLO
498,692.40
T O T A L :
10,910,301.00
Artículo 13.- En términos de lo dispuesto en los artículos 37 y 46 de la Ley de Coordinación Fiscal, los recursos del fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios asignados, se ejercerán de la siguiente manera:
CONCEPTO
IMPORTE $
PAGO DE DEUDAS CON PROVEEDORES Y ACREEDORES
1,849,245.75
ADQUICISION DE BIENES
1,849,245.75
PAGO DE DEUDA CON INSTITUCIONES OFICIALES
3,698,491.50
TOTAL:
7,396,983.00
TITULO SEGUNDO
DE LA EJECUCION Y CONTROL PRESUPUESTARIO DEL GASTO PUBLICO
CAPITULO I
EJECUCION DEL GASTO
Artículo 14.- El ejercicio del gasto público de la municipalidad se sujetará a lo previsto en el presente presupuesto. En caso de existir erogaciones adicionales, las ampliaciones presupuéstales se tendrán por autorizadas al aprobarse los informes a que se contrae el artículo 24 de este Presupuesto.
Artículo 15.- En caso de que durante el ejercicio disminuyan los ingresos a que se refiere el artículo 1 de la Ley de Ingresos del Municipio de HECELCHAKAN para el Ejercicio Fiscal 2007, se procederá a efectuar e instaurar las reducciones y medidas que correspondan realizar, a efecto de garantizar el equilibrio presupuestal del Ejercicio.
CAPITULO II
DISPOSICIONES DE RACIONALIDAD Y AUSTERIDAD
Artículo 16.- Los Titulares de las Dependencias y Entidades, serán responsables de reducir selectiva y eficientemente los gastos de administración, sin detrimento de la realización oportuna y eficiente de los programas y actividades a su cargo y de la adecuada prestación de los bienes y servicios de su competencia; y de la estricta observancia de las disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuéstales, contenidas en el presente Capítulo. Su inobservancia o incumplimiento motivará que se apliquen las sanciones a que haya lugar conforme a la Ley Reglamentaria del Capítulo XVII de la Constitución Política del Estado de Campeche:
Artículo 17.- Los Titulares de las Dependencias y Entidades Municipales, deberán coadyuvar para que las erogaciones del gasto corriente se apeguen a los presupuestos aprobados, para ello deberán establecerse medidas que fomenten el ahorro por concepto de energía eléctrica, combustible, teléfonos, agua potable, materiales de oficina, impresión y fotocopiado, inventarios, ocupación de espacios físicos, así como otros renglones de gasto corriente.
Artículo 18.- Las erogaciones por los conceptos que a continuación se indican, se sujetarán a los siguientes criterios de racionalidad y disciplina presupuestaria:
I.-RECURSOS HUMANOS: No podrá haber crecimiento en las estructuras organizacionales, ni creación de nuevas plazas, salvo en los casos de programas nuevos o prioritarios; se limitará la contratación de personal eventual para suplir licencias o incapacidades médicas, y los pagos originados por este concepto no se suplirán. La Dirección será la única instancia autorizada para realizar los procesos de reclutamiento y selección del personal que requiera el H. Ayuntamiento del Municipio de HECELCHAKAN y los movimientos de personal que se generen sólo podrán ser autorizados por dicha dependencia.
Asimismo, sólo se pagará el tiempo extraordinario, previa solicitud, registro y autorización de la Dirección, de quien depende la Subdirección de Recursos Humanos, y es responsabilidad del Titular de cada dependencia y entidad llevar un control estricto del mismo.
II.- ALIMENTACION: La alimentación del personal al servicio del Municipio derivado del desempeño de funciones, deberá reducirse al mínimo y en el caso que se requiera deberá justificarse plenamente.
III.- ARRENDAMIENTO DE BIENES INMUEBLES: Se deberá optimizar la utilización de los espacios físicos disponibles, a fin de evitar la contratación de nuevos inmuebles.
IV.- ASESORIAS, ESTUDIOS E INVESTIGACIONES: Las erogaciones por concepto de asesorías, estudios e investigaciones, incluidas las consultorías, deberán reducirse al mínimo indispensable y sujetarse a criterios de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
Previo a la solicitud y autorización para la contratación de este tipo de servicios, las dependencias y entidades deberán justificar las necesidades técnicas, jurídicas o especializadas que se requieran.
V.- MENSAJERIA.- Las dependencias y entidades no podrán contratar servicios de mensajería y paquetería que no sean para uso oficial.
VI.- SERVICIO TELEFONICO: El servicio telefónico se destinará exclusivamente para satisfacer las necesidades de carácter oficial, y su uso se sustentará en criterios de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Para tales efectos se deberá restringir el servicio telefónico de larga distancia y a teléfonos celulares a todo el personal, con excepción de los funcionarios que designen los titulares de las dependencias, de acuerdo
con las funciones que realicen; asimismo se deberá implementar en todas las dependencias y entidades un control de llamadas de larga distancia nacional e internacional, así como a los teléfonos celulares, con el objeto de evitar las llamadas personales.
VII.- CELULARES: El uso del servicio de telefonía celular es exclusivo de los titulares de las dependencias y entidades. Sólo se autorizará el servicio a personal de mandos medios que por sus funciones justifique la necesidad de su uso.
VIII.- ENERGIA ELECTRICA: Los responsables de cada área de trabajo deberán promover el óptimo aprovechamiento de la luz solar, motivando a su personal a racionalizar el uso de la energía eléctrica. De igual forma, se deberá verificar que la iluminación esté apagada dentro los 15 minutos posteriores a la hora de salida del personal, conservando únicamente la iluminación requerida para quien o quienes permanezcan laborando.
IX.- VIATICOS Y PASAJES: Sólo se autorizarán viáticos y pasajes que estrictamente sean indispensables para el desarrollo de las funciones encomendadas, debiéndose reducir al mínimo la duración de las comisiones y cuidar que sólo concurran a ellas servidores públicos realmente necesarios. Su otorgamiento se sustentará en criterios de austeridad y racionalidad presupuestaria y su ejercicio se realizará en función de las necesidades del servicio oficial y en cumplimiento de los programas, metas y objetivos, que se tengan encomendados. Su pago se sujetará a lo establecido por la Dirección.
X.- FOTOCOPIADO: El uso de este servicio debe restringirse únicamente para asuntos de carácter oficial.
Cuando se emitan escritos, solamente se marcará copia a terceras personas cuya participación en el asunto sea estrictamente indispensable.
XI.- COMBUSTIBLE: Las dependencias y entidades deberán llevar control, mediante bitácoras, del uso de su plantilla vehicular y de las dotaciones de combustible asignadas, tomando en cuenta las medidas de racionalidad y austeridad establecidas.
XII.- BIENES MUEBLES: Todas las adquisiciones de bienes muebles e informáticos de las diversas áreas que conforman el Ayuntamiento, deberán realizarse a través de la Dirección, y su autorización estará condicionada a la reposición de aquellos bienes que por su uso ameriten renovación y que se cuente con los recursos presupuéstales necesarios para adquirirlos.
XIII.- MATERIALES: Las dependencias y entidades deberán establecer medidas administrativas para abatir el gasto corriente, procurando el uso racional de los materiales y suministros.
Los equipos y materiales del municipio, única y exclusivamente serán para uso oficial.
XIV.- EQUIPO DE COMPUTO: La adquisición de equipo de cómputo se realizará bajo criterios racionalidad y compatibilidad con los equipos existentes, y solamente bajo estricto
análisis y supervisión de las especificaciones técnicas de los mismos, a cargo de la Dirección
Para racionalizar el uso de los equipos de cómputo se deberá capacitar al personal en el manejo de los equipos y asignar computadoras solamente al personal que por sus actividades lo requiera. En la distribución de computadoras se deberán dejar equipos nuevos en las áreas críticas y los de mayor antigüedad en áreas de soporte. De igual forma se deberá restringir el uso irracional de las impresoras y el papel, y controlar los horarios de uso de los equipos de cómputo para el ahorro de energía eléctrica.
XV.- PUBLICACIONES: Las erogaciones que se realicen por concepto de publicaciones, inserciones, anuncios y demás de naturaleza similar, deberán contar invariablemente, con la autorización previa y por escrito de la Unidad de Comunicación Social.
XVI.-DIARIOS Y REVISTAS: Las suscripciones a diarios y revistas, se deberán reducir al mínimo indispensable y deberán estar relacionadas con las actividades sustantivas de la dependencia o entidad.
CAPITULO III
SERVICIOS PERSONALES
Artículo 19.- En la asignación de las remuneraciones y otras prestaciones neta a los servidores públicos municipales se deberán observar lo establecido en el siguiente tabulador de Puestos y Sueldos:
TABULADOR DE SUELDO MENSUAL
CARGO
MINIMO
MAXIMO
PRESIDENTE MUNICIPAL
$49,722.75
$58,090.73
SINDICO DE HACIENDA Y JURIDICO
20,616.75
35,059.50
REGIDORES
20,616.75
33,957.00
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
15,765.75
24,255.00
TESORERO MUNICIPAL
15,765.75
24,255.00
OFICIAL MAYOR
13,340.25
19,845.00
CONTRALOR MUNICIPAL
12,127.50
16,372.13
DIRECTORES A
12,127.50
16,372.13
DIRECTORES B
9,702.00
12,733.88
DIRECTORES C
6,063.75
9,095.63
CONTADOR GENERAL
13,650.00
16,371.60
SUBDIRECTORES
7,161.00
9,450.00
REPRESENTANTE DEL MUNICIPIO EN CAMPECHE
12,732.30
14,700.00
JEFE DE DEPARTAMENTO A
4,851.00
6,180.30
JEFE DE DEPARTAMENTO B
4,410.00
4,851.00
SECRETARIA (A)
4,000.00
4,410.00
SECRETARIA B
3,000.00
3,640.00
SECRETARIA C
2,000.00
3,000.00
ASISTENTES
4,410.00
4,852.00
RESPONSABLE DE PROGRAMAS (A)
4,200.00
4,963.00
RESPONSABLE DE PROGRAMAS (B)
3,011.40
3,637.20
RESPONSABLE DE PROGRAMAS (C)
2,667.00
2,778.30
RESPONSABLE DE PROGRAMAS (D)
2,079.00
2,545.20
AUXILIARES A
4,410.00
5,056.80
AUXILIARES B
2,667.00
4,389.00
AUXILIARES C
1,938.30
2,425.50
CHOFERES
2,547.30
2,992.50
BOMBEROS A
1,522.50
2,181.90
FONTANEROS A
3,030.30
3,305.40
FONTANEROS B
2,079.00
2,425.50
MAESTROS DE CULTURA
1,738.80
2,100.00
MAESTROS DE CULTURA
2,297.40
3,150.00
ALBAÑIL
2,079.00
2,925.30
INTENDENTES DE LA ESCUELA
1,698.90
2,740.02
VELADORES
1,698.90
2,074.80
ALMACENISTA
2,667.00
3,570.00
DILIGENCIERO
1,329.30
1,848.00
INSPECTOR DE PISO Y ALCOHOLES
3,360.00
3,990.00
VERIFICADOR DE SANITARIO
3,234.00
5,250.00
ENFERMERA
2,181.90
2,520.00
BRIGADISTAS
2,079.00
2,425.50
PROMOTORES DE SALUD DE LOS EJIDOS
1,522.50
1,698.90
COORDINADOR A
4,410.00
4,851.00
COORDINADOR B
1,940.40
2,425.50
CRONISTA MUNICIPAL
2,547.30
2,940.00
PEON DE LIMPIEZA
1,698.90
2,184.00
AYUDANTES
2,425.50
2,677.50
ADMINISTRADOR DEL RASTRO Y MERCADO
2,977.80
3,570.00
ELECTRICISTAS
2,545.20
2,778.30
SOBRESTANTE
5,985.00
6,300.00
TOPOGRAFO
4,548.60
5,460.00
OPERADOR RETROEXCAVADORA
10,114.34
10,620.05
OPERADOR DE TRACTOR
10,114.34
10,620.05
OPERADOR DE MOTOCONFORMADORA
11,970.00
12,568.50
RESPONSABLE DEL MOD DE MAQUINARIA
2,425.50
2,793.00
SUPERVISOR DE OBRAS
4,200.00
8,400.00
SOLDADOR
2,858.10
4,368.00
VELADOR DE MAQUINARIA
2,520.00
2,730.00
ASERORES
10,000.00
15,000.00
CORDINADOR DE DIRECTORES
12,127.50
16,372.13
SISTEMA DE DIF MUNICIPAL
SECRETARIA PARTICULAR
3,000..00
8,000.00
SECRETARIA TECNICA
1,491.00
6,000.00
DIRECCION GENERAL
5,000.00
14,000.00
AUXILIAR DIRECCION
1,491.00
5,000.00
COMUNICACIÓN SOCIAL
1,491.00
6,000.00
PROMOCION SOCIAL
1,491.00
4,140.00
AUX. DE PROMOCION SOCIAL
1,491.00
4,000.00
AREA DE PROGRAMAS
1,491.00
6,000.00
PROGRAMA AMA
1,491.00
4,140.00
PROGRAMA INAPAN
1,491.00
4,140.00
PROGRAMA CODIS
1,491.00
4,140.00
AUXILIAR DE CODIS
1,491.00
1,700.00
EQUINOTERAPISTA
1,491.00
4,000.00
PROGRAMA EAEDC
1,491.00
4,140.00
PROMOTORA DE COMUNIDADES
1,491.00
4,140.00
PROG. DE ASIST.SOCIAL Y MEDICA
1,491.00
5,000.00
AUXILIAR DE ASISTENCIA SOCIAL
1,491.00
4,000.00
COORDINACION DE COSTUREROS
1,491.00
3,000.00
TERAPEUTA A ( UBR )
1,491.00
4,140.00
TERAPEUTA B ( UBR )
1,491.00
3,360.00
AUXILIAR DE TERAPEUTA UBR
1,491.00
2,480.00
PROCURADURIA AUXILIAR DE LA DEFENSA DEL MENOR, LA MUJER Y LA FAMILIA
1,491.00
6,500.00
ASESOR JURIDICO
1,491.00
4,800.00
TRABAJADORA SOCIAL A
1,491.00
4,800.00
TRABAJAORA SOCIAL B
1,491.00
4,000.00
PSICOLOGA
1,491.00
4,800.00
AREA DE ADMON Y FINANZAS
4,500.00
12,000.00
AUXILIAR DE ADMON Y FINANZAS
1,491.00
5,000.00
AUXILIAR CONTABLE
1,491.00
4,000.00
SECRETARIA DE PROGRAMAS
1,491.00
3,000.00
SECRETARIA JURIDICO
1,491.00
2,780.00
CHOFER A
1,491.00
4,540.00
CHOFER B
1,491.00
3,780.00
MENSAJERIA
1,491.00
2,000.00
RECEPCIONISTA
1,491.00
1,700.00
INTENDENTE
1,491.00
2,000.00
VELADOR
1,491.00
2,000.00
JUNTA MUNICIPAL DE POMUCH
PRESIDENTE DE LA JUNTA
7,000..00
22,600.00
SECRETARIO GENERAL
1,491.00
9,050.00
TESORERO
1,491.00
9,050.00
REGIDORES
1,491.00
10,030.00
SECRETARIAS
1,491.00
2,400.00
DIRECTORES
1,491.00
4,600.00
ADMINISTRATIVOS
1,491.00
3,000.00
OPERATIVOS
1,491.00
3,000.00
ASESORES
1,491.00
8,000.00
DIF JUNTA POMUCH
DIRECTORA
1,491.00
6,400.00
COMISARIAS
COMISARIOS Y AGENTES MUNICIPALES
1,491.00
2,243.50
COMISARIOS EJIDALES
289.10
312.60
Artículo 20.- Con el fin de estimular y promover el buen desempeño de los servidores públicos de la municipalidad, mensualmente se otorgarán estímulos y reconocimientos a los servidores públicos. La Dirección, para tal efecto, emitirá las bases a que estará sujeto el otorgamiento de dichos estímulos y reconocimientos.
CAPITULO IV
DE LAS ADQUISICIONES Y OBRAS PÚBLICAS
Artículo 21.- Para los efectos de los artículos 30 de la Ley de Obras Públicas del Estado y 1 BIS y 33 de la ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios relacionados con Bienes Muebles del Estado, los montos máximos de adjudicación mediante invitación a cuando menos tres contratistas o proveedores que reúnan los requisitos a que dichas disposiciones se refieren, serán los siguientes:
A). OBRAS PUBLICAS ( P E S O S )
MAYOR DE: HASTA:
Monto Máximo total de cada obra que podrá
Adjudicarse directamente $ 350,000.00
Monto Máximo Total de cada obra que podrá $ 350,001.00 $1’500,000.00
Adjudicarse mediante invitación a cuando
Menos tres contratistas.
Licitación Pública $1’500,001.00
B). ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIONES DE SERVICIOS
( P E S O S )
MAYOR DE: HASTA:
Monto Máximo total de cada obra que podrá
Adjudicarse directamente $ 150,000.00
Monto Máximo Total de cada obra que podrá $ 150,001.00 $ 500,000.00
Adjudicarse mediante invitación a cuando
Menos tres contratistas.
Licitación Pública $ 500,001.00
Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir el importe del Impuesto al Valor Agregado.
CAPITULO V
DE LOS SUBSIDIOS Y LAS TRANFERENCIAS
Artículo 22.- Para los efectos de este Presupuesto, los subsidios y las trasferencias consisten en los recursos y ministraciones para el desempeño de las atribuciones que se asignan para apoyar acciones de interés social; para el desempeño de las atribuciones que se realizan las Juntas y Comisarías y Agencias Municipales, y las entidades de la administración pública municipal, respectivamente.
Artículo 23.- Las Juntas, Comisarías y Agencias, así como las entidades municipales deberán presentar, comprobar y justificar el uso de los recursos que reciban. Para lo anterior, el Presidente a través de la Tesorería y la Contraloría establecerá el mecanismo que corresponda. La no observancia de lo anterior motivará la suspensión parcial o total de las ministraciones de recursos y la instrucción de las acciones conducentes.
TITULO TERCERO
RENDICION DE CUENTAS
CAPITULO I
DE LA INFORMACION
Artículo 24.- La Tesorería en los términos previstos por la fracción XIII del artículo 102 de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Campeche, presentará mensualmente al Cabildo el informe financiero y contable que corresponda.
Artículo 25.- A más tardar el 31 de Julio del año en que se ejerza el Presupuesto deberá remitirse el Informe de Avance de Gestión Financiera al Congreso del Estado en términos de lo establecido en los numerales 127 y 130 de la ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado. A su vez la Cuenta Pública Municipal se remitirá a la Legislatura Local a más tardar el 31 de enero del año siguiente al del ejercicio de este Presupuesto, conforme a lo establecido en los artículos 126 y 129 de la misma Ley precitada. En ambos casos previa presentación al Cabildo para los efectos correspondientes:
CAPITULO II
DE LA EVALUACION Y VERIFICACION
Artículo 26.- La Tesorería conjuntamente con la Dirección realizará periódicamente la evaluación financiera del ejercicio del presupuesto; los cortes de caja e informes financieros contables serán analizados y evaluados por la Contraloría.
Artículo 27.- La Contraloría es la Dependencia facultada para vigilar permanentemente la aplicación del presupuesto, así como también para realizar las revisiones que resulten necesarias, y en su caso aplicar lo dispuesto en la Ley Reglamentaria del Capítulo XVII de la Constitución Política del Estado de Campeche.
T R A N S I T O R I O S
UNICO.- El Presupuesto de Egresos del Municipio de HECELCHAKAN, iniciará su vigencia el 01 de Enero del año 2007, previa publicación en el Periódico Oficial del Estado de Campeche.

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Cria cuervos y te sacarán los ojos.

Cria cuervos y te sacarán los ojos.
No siente lo duro sino lo tupido, pero en fin.... lo manejan porque quiere, ya que protege a Martín Ruiz

Archivo del blog

CENTRO MUNICIPAL DE EMERGENCIAS, SE QUEDA SIN DIRECTOR, CAMBIOS EN LA ADMINISTRACION CORRUPTA.

CENTRO MUNICIPAL DE EMERGENCIAS, SE QUEDA SIN DIRECTOR, CAMBIOS EN LA ADMINISTRACION CORRUPTA.
ORLANDO EK MEDINA, AHORA DIRECTOR DE SERVICIOS PUBLICOS HIZO UN PAPEL DECOROSO Y RESPONSABLE EN EL MUNICIPIO EN EL CENEMUKHAN, OJALA LO DEJE TRABAJAR OSCAR ROSADO HERNANDEZ Y EL TITIRITERO.

BIENVENIDOS

Despues de algunos incidentes, al fin queda lista este espacio, invitando a mis familiares, amigos, enemigos, criticos y todos aquellos que se quieran informar en el acontecer diario de la politica en el camino real y en Campeche, vamos a estar difundiendo de manera objetiva, veraz y oportuna con critica propositiva y contructiva, apelando a los articulos 6 y 7 Titulo I, Capitulo I de nuestra carta magna, pero tambien denunciaremos a los corruptos, que abusen de los cargos publicos, como en este momento, lo hacemos con el Presidente Municipal mas viajero en la historia de Hecelchakan, donde la administracion de los recursos estan manejandose irregularmente. En lo particular, la informacion que publicamos es fidedigna, seria y muy precisa.
Mis correos son: bazanmapen@yahoo.com.mx y bazanmapen61@hotmail.com donde recibiremos y atenderemos todas aquellas denuncias, quejas, etc.
Conoceréis la verdad y la verdad os hará libres (Luc 8:32)

Montero es un tipo de mucho cuidado.

Montero es un tipo de mucho  cuidado.
Entre politicos te veas y el agandalle de Montero, se enriquece a costillas del pueblo. No se ocupa de servir y atender las necesidades, solamente del manejo de recurso, desviandolo para satisfacer intereses personales.

Calles de Pomuch en pesimas condiciones.

Calles de Pomuch en pesimas condiciones.
Y los recursos, Montero no los entrega, mientras la Villa, luce abandonada

Divisionismo en Pomuch, pleito interno de priistas

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Encabezados por Jorge Chan denunciaron intromision de Modesto Pech

Libros

  • Cien Años de Soledad, de Gabriel Garcia Marquez
  • El Aguila y la Serpiente de Martin Luis Guzman
  • El jefecito se hace rico envenenando el camino real de Juan Camaney
  • El Lobo Estepario de Herman Hesse
  • El Principe de Maquiavelo
  • Elogio de la Locura, de Erasmo de Rotterdam
  • Envenenando a mi pueblo, por Ci rrosis Hepa tica
  • Hamlet, de William Sheakspeare.
  • La ley de Herodes aplicada por el jefecito en Hecelchakan
  • Tzun Su El arte de la guerra

HAY QUE FRENAR ABUSOS DEL FUTV.

HAY QUE FRENAR ABUSOS DEL FUTV.
CARMEN PEREZ, HACE UN LLAMADO A LAS AUTORIDADES PARA EVITAR ENFRENTAMIENTOS

DESQUICIAN HECELCHAKAN LOS MIEMBROS DEL FUTV.

DESQUICIAN HECELCHAKAN LOS MIEMBROS DEL FUTV.
MIENTRAS LOS TRICITAXIS Y LA UNTRAC SE MANTUVIERON A LA EXPECTATIVA

Difundir la grandeza de mi pueblo en el contexto mundial, mi proyecto

Difundir la grandeza de mi pueblo en el contexto mundial, mi proyecto
Lazaro Tuz, orgullosamente pomucheño

TAXISTAS BLOQUEAN HECELCHAKAN

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Y AHORA ¿QUIEN PODRA DEFENDER A LA POBLACION? DE ESTOS "PRESTADORES DE SERVICIO?

Toma Jorge para que cocines y prepares la botana para mis "negocios"

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Con esto engañan a los pomuchenses.

Dios los hace y Montero los junta

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Que serán los que salven a Hecelchakan del abandono

Y ya sabes Jorge, los puedes canjear en mis negocios transparentes.

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Y si no preguntale a Gaudencio, el sabe como y donde

Quieren marginar a los tricitaxis en Hecelchakan.

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Negligencia de autoridades puede ocasionar enfrentamientos.

Apatia de las autoridades municipales

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Nohalal refleja la administracion monterista

Niegan informacion en el municipio de Hecelchakan

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Luis A.Pacheco, Dir. de Comunicacion Social y suplente de Montero en la alcaldia.

Dirigentes de la CNC ESTATAL presentan convocatoria

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Carlos Torres Melken y Jorge Ines Te Chan, Presidente y Srio. Gral,

Heredero de los Ah- Canul, aprendiz de cacique maya.

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Jorge cocon, represor de la libertad de Expresion en la atenas del camino real.

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otra panoramica del interior

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Se requiere que atiendan estas necesidades, pero hasta ahora no le importan a las autoridades municipales

Deficientes trabajos de limpieza de drenajes en Hecelchakan

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German Medina, Director de Servicios Publicos es negligente y pesimo servidor publico

Hecelchakan, necesita fomentar el turismo

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Gastronomia excelente, sitios arqueologicos y monumentos coloniales,

Por mi "tenacidad y esfuerzo", seré presidente de Hecelchakan.

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Jorge Chan Cahuich, Presidente de Pomuch dice que tiene a la gente.

Apoyan en limpieza del Cecytec por personal que requiere prestaciones como el IMSS

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Recogen chatarra y limpian escuela

Reunion del Presidente del Pri con presidentes de juntas

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Raul pozos Lanz los exhorta a dar lo mejor de si mismos, no a que se los lleven como en Pomuch y en hecelchakan

Reconocimiento priista a la militancia en Hecelchakan

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Los exhorto a la unidad, pero actualmente se estan dando con todo y contra todos

Reunion de la dirigencia estatal priista con hecelchakanenses.

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Jorge Moreno Xiu, presidente del Pri Municipal, nervioso y titubeante por los cuestionamientos de RPZ, acerca de la militancia.

Limpieza del parque del Barrio San Pedro I

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Personal de la Junta cumpliendo con sus labores pese a que no les aumentan el salario y prestaciones

Vivillo y Corrupto Director de Servicios Publicos de Hecelchakan cobra multa y reparacion de daños

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Este es el poste de luz que cobro German Medina a chofer foraneo y tuvieron que reparar con recursos de la Junta de Pomuch, porque se tranzo el dinero, el "Gallo" Medina

El rastro actualmente esta en el abandono, COPRISCAM debe inspeccionarlo.

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Hay focos de infecciòn y deficiencias sanitarias.

Hecelchakan, cuna de lobos e intriga palaciega.

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Engañan a las autoridades estatales durante las giras por el muncipio.

Informe de los primeros 120 dias de trabajo y en el I informe ¿Que rindiò Chan en Pomuch?

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Jorge Chan y el cuerpo edilicio en el informe.

Que se cuiden ciertos periodistas, yo tambien se golpear, ademas tengo a mis jilguerillos.

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Los tengo en nomina porque no tienen dignidad los boletineros.

Amenazado por la "muerte" Quiñones, oreja de Gobernacion Municipal.

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Arturo Ruiz, conocido empresario de Pomuch.

Divide Hecelchakan y mete en problemas al Diputado FO,

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Triste actuacion de Modesto "promesas" en el Congreso del estado.

La UNTRAC apoya al deporte.

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El popular sosa entrega uniformes en Sodzil

Saludo "fraterno" de dos militantes priistas de Pomuch.

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El Dip. Modesto "promesas" y Pancho Mentiras se saludan "fraternalmente" en un evento con Raul Pozos Lanz en Hecelchakan.

Mantenimiento de luminarias gran negocio de Jorge Chan

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Personal de Servicios Publicos, cmbiando focos en el Barrio Nuevo.